SCJN mantiene la prisión preventiva oficiosa, excepto para los delitos fiscales

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CIUDAD DE MÉXICO.— Por mayoría calificada, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la reforma con la que se impuso prisión preventiva oficiosa para los delitos fiscales (contrabando, defraudación fiscal y falsificación de facturas).

Con los votos en contra de las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, respectivamente, y a favor de los otros nueve ministros, la Suprema Corte invalidó la figura de la prisión preventiva oficiosa contenida en los artículos 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales y 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional.

De tal suerte que no se considerará a los delitos de contrabando, defraudación fiscal y las facturas falsas, como un ataque a la seguridad nacional. Las personas acusadas por estos delitos podrían recibir la figura de prisión preventiva, pero con carácter de justificada; es decir, cuando lo determine un juez.

Sin embargo, el proyecto del ministro Luis María Aguilar, quien proponía que la prisión preventiva oficiosa no aplicara de forma automática, sino que el juez analizara cada caso, no alcanzó los votos necesarios, ya que únicamente seis de los ministros votaron a favor. Por lo que ésta figura va a seguir vigente en los  casos que se contempla en la ley, excepto para delitos fiscales.

⇒ En un segundo intento para poder eliminar la prisión preventiva oficiosa, el Ministro Aguilar Morales planteó hacer una “interpretación conforme en sentido amplio” de la Constitución federal y anteponer el principio pro persona y de presunción de inocencia.

“De esta manera, se debe entender a la prisión preventiva oficiosa como una medida cautelar no automática“, indicó Aguilar Morales en su nuevo proyecto. “El carácter oficioso de la medida cautelar únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el Juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar”, completó.

Al respecto, la ministra Margarita Ríos Farjat refirió que la prisión preventiva debe ser impuesta tras ser analizada oficiosamente en cada caso. “Me pronuncio para coincidir en que la prisión preventiva, entendida como hasta la fecha, es más punitiva que cautelar. Por eso coincido en que sí se puede interpretar de forma distinta”, indicó.

Este jueves, en su conferencia Mañanera, el presidente Andrés Manuel López Obrador criticó al Poder Judicial por la discusión del proyecto. “[Están] discutiendo para que no haya prisión preventiva a los defraudadores fiscales. ¿Cómo van a estar protegiendo factureros y a quienes se hicieron inmensamente ricos y van a seguir?”, criticó.

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SCJN pospone debate del proyecto sobre prisión preventiva oficiosa

AM.MX/dsc

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