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viernes, noviembre 22, 2024

Caro Quintero no niega su nombre, pero sí que sea a quien buscan

WASHINGTON, D.C.- Rafael Caro Quintero, narcotraficante ligado al Cártel de Guadalajara, negó ser él, de acuerdo con un artículo del Reforma, como uno de los argumentos que presentó a un juzgado federal para evitar su extradición y ser juzgado en los Estados Unidos por el asesinato del Kiki Camarena, ex agente de la DEA, y otras tres acusaciones.

Sin embargo, Caro Quintero sostiene que “él no es el capo de la droga que busca el Departamento de Justicia”. Según documentos judiciales a los que Reforma tuvo acceso, el narco sinaloense pidió que se lleven a cabo 10 dictámenes periciales como pruebas de identidad para demostrar que si lo buscan a él.

¿Qué pruebas de identidad pidió Rafael Caro Quintero?
Entre las pruebas de identidad que solicita Rafael Caro Quintero se encuentran el sistema de identidad fisonómica, fotografía forense y documentos-copía, que sirvan para “demostrar que su captura fue un error” y que, en todo caso, “el verdadero traficante de drogas sigue allá fuera de la cárcel”.

Estados Unidos ofreció en la petición formal de extradición un video donde aparece el narcotraficante, que también solicitó que se apliquen peritajes de informática en análisis de audio, video, fotografía y transcripción estenográfica, así como de acústica, fonética forense y análisis de voz.

La nota informativa aclara que si bien, tal cual, Caro Quintero no ha negado su nombre en el proceso, tiene una postura de estrategia legal, con la que quiere convencer de que científicamente sus rasgos no coinciden con los de las 7 fotografías y un video contenidos en el expediente de extradición.

En este tipo de procedimientos, las fotos e imágenes en general presentadas por el país requirente son las únicas que pueden ser tomadas en cuenta para establecer la identidad del extraditable.

Bajo ese mismo proceso EU solicitó las extradiciones de Ovidio Guzmán López, “El Ratón”, hijo de Joaquín “El Chapo” Guzmán, en la audiencia oral de extradición en el Penal del Altiplano, así como de otros narcotraficantes como Eduardo Arellano Félix, “El Doctor”, y su lugarteniente Gustavo Rivera Martínez, “El Gus”; y Marco Antonio Paredes Machado, operador de “El Chapo” en Sonora, entre otros.

El primero no tuvo la oportunidad de litigar su argumento porque lo entregaron prácticamente desde el momento en que lo ordenó la Cancillería; el segundo no logró evitar su entrega con esa táctica jurídica que ahora intenta Rafael Caro Quintero.

Los juicios de extradición sólo pueden ser litigados con dos argumentos o excepciones: acreditar que el detenido no es la persona que busca el país requirente y probar que la petición formal no se apega al Tratado de Extradición entre los dos países.

Caro Quintero ha opuesto las dos excepciones para evitar su traslado a una cárcel del país vecino.

Las autoridades versadas en este proceso de extradición perciben que Caro Quintero ha implementado una estrategia legal con el propósito de prolongar significativamente su entrega a los Estados Unidos, una acción que consideran que él tiene a su disposición. Esta percepción se fundamenta en la ausencia hasta el momento de un dictamen jurídico por parte de la jueza Marcela Guadalupe Castro Núñez, encargada del proceso de entrega. Además, se espera que aún después de esta determinación, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá pronunciarse, seguido probablemente por la presentación de un amparo por parte del capo, lo cual requerirá resolverse en dos instancias adicionales. Este curso procesal completo se estima que tomará más de un año en completarse.

En México, Caro Quintero aún tiene pendiente cumplir 10 años y medio de los 40 de prisión a los que fue sentenciado por el crimen de Camarena.

En su argumento ante la autoridad judicial, el traficante también alega que la petición formal de extradición no se ajusta al Tratado porque está mal traducida y no es clara en varios puntos, lo que él considera una violación del debido proceso. En apoyo de esta alegación, algunos de los documentos presentados como peritajes son traducciones de los documentos originales, con los cuales intenta demostrar que la versión en español presentada ante el juez de la causa es al menos deficiente e inexacta.

Además, argumenta que la petición de extradición viola el principio jurídico del non bis in ídem, que establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito. El razonamiento es que, dado que ya fue juzgado en México y condenado a 40 años de prisión por el asesinato de Camarena en 1985, no puede ser juzgado nuevamente por el mismo crimen en los Estados Unidos.
AM.MX/fm

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