Mouris Salloum George
Podría resultar irrelevante si ese cuestionamiento surgió del despacho de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o desde el exterior del máximo tribunal. Lo trascendente, es la observancia y preservación del orden constitucional.
En suspenso por la irrupción de la pandemia del coronavirus, la prueba para el pleno del Tribunal Constitucional lo constituye el litigio político abierto en Baja California, no por la elección como gobernador del estado del empresario Javier Bonilla Valdez, sino por la pretensión de éste de prolongar su mandato de dos a cinco años, avalada lacayunamente por el Congreso estatal.
En épocas idas, el asunto se habría allanado con una expedita declaración de desaparición de poderes dictada por el Senado de la República o en su caso por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, ahora presidida por un legislador de oposición en la Cámara alta.
En este periodo de judicialización de la política el asunto, identificado coloquialmente como Ley Bonilla, llegó al salón de plenos y los estrados de la Corte.
El dictamen en estrados: La Ley Bonilla, inconstitucional
El pleno designó a don Fernando Franco González Salas ministro ponente. Pasada una consulta informativa por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyo resultado fue consistente con la demanda de los promoventes, desde el 12 de marzo pasado el ministro González Salas tuvo listo su dictamen, según se sabe ahora declarando inconstitucional el decreto de la legislatura bajacaliforniana.
El problema ahora que tiene en puntos suspensivos el dictamen, es el método de convocatoria y votación del pleno que, a causa de la pandemia, esta sesionando para asuntos de la orden del día por la vía remota, que ha tenido deficiencias de operación técnica.
Algunos ministros, que están en posesión copia del dictamen, alegan que por la importancia del tema, no puede dejarse a discusión en sesión por videoconferencia.
Los días de Jaime Bonilla Valdez, contados
Otros togados argumentan que la votación debe darse de inmediato, para el caso la semana que viene, habida cuenta que la convocatoria a elecciones extraordinarias tiene que emitirse de manera que el proceso entre en los límites del calendario de primavera de 2021, según lo previsto en las normas en materia electoral.
Con independencia del consenso que se logre en la Corte al respecto y de la opinión sustentada por la Secretaría de Gobernación, los días de Bonilla Valdez parecen contados.
De lo que resulte, deberán tomar nota los partidos postulantes de candidatos a puestos de elección popular, cuyas conductas aviesas deben ser advertidas antes de las nominaciones. No se trata del régimen interno de las formaciones políticas con registro oficial. Se trata, repetimos, de un buen orden constitucional. Vale.
(*) Director General del Club de Periodistas de México, A.C.
The post DESDE FILOMENO MATA 8: ¿De qué están hechos los ministros de la Corte? appeared first on Almomento | Noticias, información nacional e internacional.