CIUDAD DE MÉXICO.— La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) otorgó a la empresa estatal Fonatur Tren Maya la concesión para construir, operar y explotar dicha línea de transporte por un periodo de 30 años.
La asignación también engloba la prestación del servicio de transporte ferroviario de carga y de pasajeros “en la vía férrea asignada”. Además, Fonatur Tren Maya será la encargada de los bienes inmuebles necesarios, trazo, límites y características que se determinarán para ésta.
“La presente Asignación confiere derechos de exclusividad al Asignatario, para operar y explotar la Vía Férrea y prestar el servicio público de transporte por un periodo de 30 años para carga en la vía nueva que éste construya y de 30 años para pasajeros [del Tren Maya]“, detalló la dependencia en un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.
#Nacional: La empresa Fonatur Tren Maya recibió la concesión para operar dicha línea de transporte por un periodo de 30 años, informó este martes la @SCT_mx.
La Fonatur Tren Maya es una compañía creada en 2019 y de participación sectorizada en la Secretaría de Turismo. pic.twitter.com/iGvJna9xqZ
— Contracrítica (@contracritica) April 21, 2020
La Fonatur Tren Maya tiene un periodo de 180 días naturales a partir de la fecha de publicación del acuerdo, es decir, a partir de este martes, para ejercer los derechos que se le confieren, este periodo podrá ser prorrogado siempre que se acredite que existe una causa plenamente justificada.
Fonatur Tren Maya, compañía creada en agosto de 2019 y de participación estatal mayoritaria, deberá llevar a cabo la liberación del derecho de la vía a partir de la consideración del tipo de régimen de la superficie en que se ubicará la ruta del transporte, es decir ejidal, comunal, pequeña propiedad o terrenos federales.
Además, será la responsable de la preservación y conservación de los bienes asignados que tienen valor histórico, cultural o artístico, registrados o en proceso de registro ante el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).
Respecto a la prestación del servicio de transporte, en todos los puntos de interconexión con ferrocarriles conectantes de otros países, la empresa deberá proporcionar los servicios de terminal e interconexión, en condiciones equitativas y no discriminatorias en cuanto a oportunidad, calidad y precio, informó la SCT.
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