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martes, marzo 10, 2026

Hernán Bermúdez, líder de “La Barredora”, se ampara contra extradición

CIUDAD DE MÉXICO.— Hernán Bermúdez Requena, alias El Abuelo y presunto líder del grupo criminal La Barredora, promovió un amparo ante el juez Cuarto de Distrito en Materia Penal con residencia en Toluca, Estado de México, con el fin de frenar una posible extradición a Estados Unidos. 

Sin embargo, el juez Daniel Marcelino Niño Jiménez desechó la solicitud del exsecretario de Seguridad Pública de Tabasco, toda vez que no existe un acuerdo de extradición al momento de que tramitó la demanda de amparo.

En su demanda de amparo, Hernán Bermúdez señaló que recurrió a la protección de la justicia federal contra la extradición, porque el 5 de marzo pasado custodios del penal del Altiplano, en donde se encuentra preso, le comentaron que “ya me iba al gabacho” por una orden de extradición.

“En este contexto y durante mi reclusión, el día de ayer, 5 de marzo de 2026, personal (custodios) del Centro Federal de Readaptación Social número 1 ‘Altiplano’ me comentó que ‘ya me iba al gabacho’ porque existe una orden de extradición en mi contra, lo que se robustece con las notas periodísticas de circulación nacional que agrego al presente, sin que a la fecha se me haya notificado…”

Debido a que no se le ha notificado de manera oficial que es requerido por el país vecino, el ex funcionario decidió presentar el amparo. No obstante, el juez Niño Jiménez determinó desechar el recurso porque el juicio de amparo es improcedente contra actos futuros de realización incierta, pues por regla, el acto reclamado debe existir al momento de la presentación de la demanda de amparo, pues sólo en ese caso se estaría frente a la creación, modificación o extinción de una situación jurídica concreta”. 

El juzgador indicó que debe probarse por lo menos de manera indiciaria que el acto reclamado afecta la esfera jurídica del gobernado, ya que el sólo temor de que se lleve a cabo un acto de autoridad de ninguna manera significa la afectación a los derechos tutelados por la norma jurídica, ni que el promovente de amparo tenga obligación de interponer juicio en defensa de sus intereses.

El juez indicó que Hernán Bermúdez únicamente cuenta con cometarios de los custodios del centro penitenciario en el que se encuentra recluido, pero tales funcionarios no son los autorizados para notificar cuestiones de procedimiento.

“Asimismo, tampoco corrobora la pretensión del justiciable las notas periodísticas de circulación nacional, pues de estas no se advierte que exista procedimiento de extradición en su contra, dado que expresamente no se indica ello. Por lo anterior, es válido concluir que la persona quejosa no ha sufrido ningún perjuicio real y actual en su esfera jurídica, lo cual hace improcedente el presente juicio de amparo…”, apuntó.

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EM/dsc

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