CIUDAD DE MÈXICO.- El Banco de México (Banxico) presentó una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde cuestiona la falta de claridad en la fijación de las remuneraciones totales del presidente Andrés Manuel López Obrador para 2020. Expuso que esta situaciones impide determinar los topes de ingresos para los altos funcionarios del organismo.
De acuerdo con Reforma, la Comisión de Receso de la Suprema Corte admitió a trámite la impugnación el pasado 31 de diciembre; sin embargo, no resolvió si concederá la suspensión para que integrantes de la Junta de Gobierno de Banxico, y otros altos funcionarios, mantengan sus ingresos de 2019.
La controversia presentada por Banxico impugna los anexos 23.1.2. y 23.1.3. del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) de 2020, “porque señalan la remuneración total ordinaria líquida mensual neta y ordinaria total anual del presidente de la República en numerario, sin considerar prestaciones en especie y prestaciones extraordinarias”.
“Dado que el PEF 2020 no establece de manera cierta la remuneración total específica asignada al presidente de la república con todas las prestaciones que la integran, lo cual corresponde al límite para fijar el monto de remuneraciones para sus servidores públicos, impone una imposibilidad para determinar el límite aplicable a las remuneraciones de los servidores públicos del Banco de México”, agrega el documento.
Por su parte, la Comisión de Receso de la Corte pidió a Banxico informar sobre los salarios que aprobó para 2020, antes de resolver sobre la suspensión solicitada.
De acuerdo con el PEF 2020, la remuneración ordinaria total líquida neta autorizada al presidente de la República es de 111 mil 990 pesos mensuales sin considerar las prestaciones en especie, mientras que su remuneración total anual de percepciones ordinarias asciende a un millón 716 mil 654 pesos.
La Corte requirió a la Cámara de Diputados para que envíe a este Alto Tribunal copia certificada de los antecedentes relativos al PEF 2020, incluyendo las iniciativas, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que conste la votación de los integrantes de ese órgano legislativo, y los diarios de debates.
Asimismo, se requiere al Poder Ejecutivo Federal, para que remita un ejemplar del Diario Oficial de la Federación correspondiente al 11 de diciembre de 2019, apercibidas que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.
AM.MX/fm
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