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viernes, noviembre 22, 2024

Presidencia acusa al TEPJF de suplantar funciones de SCJN en caso de Edmundo Jacobo

CIUDAD DE MÉXICO.— Luego que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió la inaplicación del artículo transitorio 17 del Plan B de la reforma electoral, por el que se destituyó a Edmundo Jacobo, secretario ejecutivo del INE, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal acusó que con esta determinación el TEPJF suplanta funciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que explorará todas las vías jurídicas para combatir la resolución ilegal que aprobó la mayoría de magistrados”.

En un comunicado, la dependencia federal aseguró que esta resolución del TEPJF es parte de una guerra jurídica “lawfare” en contra de la transformación de un marco normativo que, en su momento, fue diseñado para beneficiar a los grupos de interés político y económico en perjuicio del pueblo de México.

“En la sesión de hoy, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) (…) aprobaron una resolución inédita que notoriamente invade las facultades constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y desconoce la competencia de un juzgado de distrito en materia de amparo, al declarar la inconstitucionalidad del Décimo Séptimo Transitorio del decreto relativo a la destitución del secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE)”.

La Consejería Jurídica de la Presidencia acusó que los magistrados Reyes Rodríguez, Felipe de la Mata Pizaña y Janine Otálora Malassis forman parte de un bloque dentro del Tribunal Electoral que sistemáticamente resuelven asuntos que no son de su competencia o que contradicen abiertamente los criterios de la SCJN.

“Forman parte de un bloque dentro del TEPJF que sistemáticamente resuelven asuntos que no son de su competencia o que contradicen abiertamente los criterios de la SCJN, como ocurrió con la sentencia relativa al modo honesto de vivir (SUP-REP-362/2022), la cual tuvo que ser anulada por el alto tribunal mediante una contradicción de criterios 228/2022”.

Esto, indicó la dependencia federal, “genera un conflicto competencial entre los órganos que integran el Poder Judicial de la Federación, como lo advirtió la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, así como los magistrados José Luis Vargas Valdez e Indalfer Infante Gonzales, quienes votaron en contra del proyecto al considerar que el INE no está legitimado para interponer un juicio electoral en defensa de los supuestos derechos político-electorales de Edmundo Jacobo Molina, quien se desistió de la demanda presentada ante el TEPJF”.

La Consejería Jurídica de la Presidencia aseguró que estos magistrados Reyes Rodríguez, Felipe de la Mata Pizaña y Janine Otálora Malassis fueron beneficiados de un acuerdo inconstitucional que data de 2016, entre las fracciones parlamentarias del PRI, PAN y PRD en el Senado, “quienes ampliaron indebidamente los plazos para que ocuparan las magistraturas hasta después de 2024, con lo cual se comprometió la parcialidad de dichos juzgadores”.

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AM.MX/dsc

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