CIUDAD DE MÉXICO.- La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, informó que enviará al Congreso una iniciativa de Ley General para prevenir, investigar y sancionar el daño por feminicidio y para ello, explicó, primero deberá modificarse el artículo 73 constitucional con el fin de que el Congreso tenga la facultad de expedir dicha normativa.
“Hoy mismo se envía al Congreso, al Senado de la República… una reforma en la que creo que todas y todos estamos de acuerdo. No creo que haya nadie que se oponga a que la muerte violenta de una mujer sea investigada como feminicidio y que haya protocolos para poder castigar al responsable o a la responsable”, consideró la mandataria federal.
De acuerdo con 24Horas, diijo que con esta nueva legislación se permite que exista todo un sistema de protección a las mujeres frente a la violencia que puede llegar a ser violencia feminicida.
“Eso va a obligar a que ningún Ministerio Público, como ha pasado muchas veces, diga: ‘Se suicidó o se broncoaspiró’. Hay muchos casos todavía (ahora) hay muerte violenta, la obligación es investigar como feminicidio, ya después de la investigación se ve que hay todas las pruebas de que fue suicidio, ¡ah, bueno, ya se cambia!, pero de inicio feminicidio”.
Al respecto, la fiscal general de la República, Ernestina Godoy, detalló que el tipo penal de feminicidio establece que: “Comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”, además, refiere una pena de 40 a 70 años de prisión y se sanciona la tentativa con pena de prisión de entre la mitad y hasta las dos terceras partes de la pena.
Objetivo de la iniciativa
De esta manera, el feminicidio se perseguirá de oficio y el delito, su sanción y la reparación del daño serán imprescriptibles, por lo que no proceden los criterios de oportunidad, conmutación de pena, libertad condicionada ni amnistías.
Asimismo, se establecen nueve razones de género como signos de violencia sexual, delito motivado por estereotipos o prejuicios, antecedentes de violencia contra la víctima y contextos de asimetría de poder.
Además, se establecen 21 agravantes, entre ellas, que la víctima sea niña, adolescente, adulta mayor, esté embarazada o viva con discapacidad; que sea periodista, defensora de derechos humanos o migrante; que se cometa por una persona servidora pública y que la víctima presente signos de violencias como ataques con ácido o sustancias inflamantes, explicó la fiscal general.
La nueva ley también plantea, además de la pena privativa de la libertad para el responsable, la pérdida de derechos sucesorios, la pérdida de la tutela, curatela, guarda y custodia, la pérdida de la patria potestad y será destituido e inhabilitado para el desempeño de cualquier cargo público.
Para ello, el Ministerio Público iniciará de manera inmediata la investigación del delito de feminicidio y podrá solicitar la elaboración de productos de inteligencia y aprovechar servicios periciales a su alcance. La FGR y las fiscalías locales deberán contar con unidades o fiscalías especializadas que garanticen la investigación y atención continua y permanente. Y se expedirá un Protocolo Nacional Homologado para la investigación del delito de feminicidio.
La subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, de la Secretaría de las Mujeres, Ingrid Gómez, informó que se creará el Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio y habrá planes integrales de protección para mujeres sobrevivientes.
AM.MX/fm
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