CIUDAD DE MÉXICO.- La presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la ley en materia de supremacía constitucional contra impugnaciones a reformas a la Constitución.
El documento que entra en vigor el día de mañana especifica los cambios y adiciones realizadas a la Ley reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 constitucional.
Con las modificaciones a la ley, se imposibilita promover acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales contra las enmiendas a la Carta Magna.
Además, especifica que cuando se trata de controversias contra normas generales, su admisión no dará lugar a la suspensión del ordenamiento cuestionado.
“Tratándose de controversias constitucionales planteadas respecto de normas generales, en ningún caso su admisión dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada… La suspensión no podrá concederse en los casos en que se pongan en peligro la seguridad o economía nacionales, las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano o pueda afectarse gravemente a la sociedad en una proporción mayor a los beneficios que con ella pudiera obtener la parte solicitante”, explica el decreto.
En los transitorios de la reglamentación, se explica que las resoluciones de la Suprema Corte solo podrán declarar la invalidez de las normas impugnadas si son aprobadas por cuando menos ocho votos, de lo contrario, se desestimarán.
Con estas reformas, se busca armonizar la ley reglamentaria con el decreto de impugnabilidad de las reformas constitucionales publicadas el 31 de octubre de 2024.
AM.MX/fm
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