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domingo, abril 28, 2024

SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto en México

CIUDAD DE MÉXICO.— Con 10 votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, el cual criminalizaba el aborto en cualquier etapa del embarazo, lo que sienta una jurisprudencia y obliga a los jueces del país a fallar a favor de las personas gestantes.

Señoras y señores ministros, hoy es un día histórico para los derechos de todas la mujeres mexicanas y las personas gestantes. A partir de hoy es un parteaguas en la historia de los derechos de todas las mujeres, sobre todo de las más vulnerables. Con este criterio unánime del Tribunal no sólo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, también se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país”, afirmó el ministro presidente Arturo Zaldívar.

Agregó: “A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y de la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte (…). A partir de ahora, se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres. El día de hoy es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, por su dignidad y por el pleno ejercicio de sus derechos”.

Este lunes, el Pleno de la SCJN inició la discusión sobre la penalización de aborto en Coahuila, en la que ocho ministros se pronunciaron a favor de declarar inconstitucional el artículo 196; este martes, los ministros Margarita Ríos Farjat y José Fernando Franco expusieron sus argumentos; el ministro Jorge María Pardo no estuvo presente.

De esta forma, el máximo tribunal del país declaró inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila -impugnado por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) en 2017- que penalizaba el aborto en su etapa inicial y lo sancionaba de uno a tres años de prisión, sin importar los motivos.

El aborto sólo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. Sin embargo, la sentencia de este martes tiene efectos generales, acabando con ello con la penalización de la interrupción del embarazo en su etapa inicial en el país.

Durante la discusión, el ministro presidente Arturo Saldívar aseguró que el delito de aborto castiga a las mujeres más pobres, más marginadas y discriminadas de este país. Mientras que la ministra Norma Piña señaló que la penalización del aborto en realidad castiga la conducta sexual de mujeres.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel dijo que las posibilidades de que una mujer o persona gestante fallezca o sufra alguna enfermedad física o psíquica se incrementa cuando no se obtiene atención médica adecuada, derivado de la criminalización de esa conducta.

En tanto, la ministra Ríos Farjat destacó que la Constitución federal no prohíbe el aborto y que su castigo se traduce en una sanción al ejercicio de derechos como el de la dignidad humana, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad jurídica, la salud y la libertad reproductiva.

Afirmó que un Tribunal no puede sustentar sus decisiones en creencias personales porque no constituyen principios universales. “Estoy en contra de estigmatizar a quienes toman la decisión de abortar. Nadie se embaraza en ejercicio de su autonomía para después abortar. Los abortos clandestinos son una realidad”, apuntó.

En su turno, el ministro José Fernando Franco expuso que la SCJN ha venido sentando precedentes en materia del aborto, empezando desde el año 2008 con la Interrupción Legal del Embarazo en la Ciudad de México.

Por su parte, el ministro ponente Luis María Aguilar Morales declaró que la Corte ha dando un “paso histórico que repercute de manera directa en sus vidas. Nunca más una mujer, ni una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo”.

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AM.MX/dsc

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