15 C
Mexico City
viernes, noviembre 22, 2024

SCJN deroga artículos del Código Penal que criminalizan el aborto en Yucatán

CIUDAD DE MÉXICO / SemMéxico.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó la despenalización del aborto en Yucatán, luego de que declaró inconstitucionales cuatro artículos del Código Penal local que sancionan el derecho de las mujeres a decidir, por lo que ordena al poder legislativo de Yucatán derogar tales normas.

De discutirse y aprobarse Yucatán la mitad de las entidades del país tendrían despenalizado el aborto, de ellas 4 lo han hecho por orden judicial, y en algunas, como Puebla y Coahuila, no están comprometidas con cambios en la ley de salud. En Yucatán desde 1923 se puede interrumpir un embarazo por razones económicas, cuando una mujer ya tuvo 4 hijos. Fue la primera entidad del país que despenalizó parcialmente el aborto, durante el gobierno de Felipe Carrillo Puerto.

Destaca que la Primera Sala de la Corte no sólo otorgó un amparo a la Asociación Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva, sino que los ministros pidieron que en toda la entidad del sur del país se dejara de criminalizar el aborto.

El proyecto realizado por la ministra Margarita Ríos Farjat recibió tres votos a favor y uno en contra. La Primera Sala determinó que son fundados los conceptos de violación formulados por la asociación civil, por lo que debe concedérsele el amparo y la protección de la Justicia de la Unión.

SCJN reconoció a la Asociación Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva

Reconoce que la asociación civil quejosa ha ejercido efectivamente las actividades propias de su objeto social, -de defender, proteger y promover los derechos humanos de las mujeres, jóvenes y niñas, incluyendo sus derechos reproductivos, a la salud y a la igualdad y no discriminación- por más de veinticuatro años, a través de la prestación de servicios de interrupción legal del embarazo –de forma directa y a través de una plataforma digital—, de la defensa del derecho a decidir ante distintas autoridades estatales y de la realización de acciones de incidencia política en materia de anticoncepción, aborto inseguro y derechos humanos en colaboración con otras organizaciones nacionales e internacionales.

De los artículos derogados del Código Penal de Yucatán, el 389, 390, 392 y 393, es el 392 el que sanciona con 3 meses hasta un año de prisión a todas las mujeres que cometen un aborto de manera voluntaria y el 390 penaliza con 1 a 5 años a todas las personas que hagan abortar a una mujer.

En cuanto a la penalización se señala que ésta y las restricciones severas sobre el aborto no disminuyen su incidencia, sino que obligan a las mujeres a recurrir a métodos inseguros, exacerbando las desigualdades sociales y económicas. Estas restricciones no sólo limitan el acceso a la atención médica más elemental, sino que también perpetúan el estigma de que son unas criminales.

El aborto en Yucatán está penalizado según el CAPITULO VI del código penal del Estado de Yucatán, sin embargo, existen ciertas razones por las que una mujer podría abortar legalmente en la entidad, las cuales se señalan en el Artículo 393, pero con restricciones.

Las causales son el aborto culposo, aborto por un embarazo resultado de violación o de inseminación artificial no consentida, cuando la mujer corra peligro de muerte en caso de no realizar el aborto, cuando el aborto obedezca a causas económicas graves y justificadas, siempre y cuando la mujer tenga 3 hijos o más, o cuando con el producto del embarazo padece de alteraciones genéticas o congénitas.

Al respecto la Primera Sala de la Corte analizo que a pesar de que el Congreso de Yucatán tuvo la intención de proteger a las mujeres y personas gestantes que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica y social para evitar que se les impusiera una pena de prisión por abortar, impuso requisitos sumamente restrictivos que impiden que la norma cumpla con su propósito fundamental, lo que se ve agravado por la falta de claridad normativa respecto a los elementos que lo configuran.

Yucatán está a un paso de despenalizar el aborto – Líneas Emergentes
Iniciativa en el Congreso de Yucatán para despenalizar el aborto desde 2021

Mientras que en la iniciativa presentada en 2021 por la diputada local Alejandra Novelo de la bancada de Morena al Congreso de la entidad, el cual se mantiene congelada desde esa fecha, se argumenta que es un derecho de salud pública y con respecto a los supuestos de exclusión, las mujeres mayas desconocen la información y en qué hospitales pueden acceder, al igual que los médicos y personal, por lo que ejercen violencia al denunciarlas por desconocer la normativa.

La iniciativa también propone modificaciones a la Ley de Salud de Yucatán modificando el Capitulo VII actualmente de Planificación Familiar, por el nombre de Derechos Sexuales , Reproductivos y Planificación Familiar.

Así como el Artículo 68 en el que se señala que la planificación familiar debe buscar el bienestar y la autonomía de las mujeres, con información informada y responsable para que cada persona decida los hijos que decida. Así como otorgar el servicio gratuito y seguro, así como garantizar métodos anticonceptivos físicos, de barrera y quirúrgicos, así como a la interrupción legal del embarazo.

La iniciativa señala que es preciso que el estado de Yucatán garantice a las mujeres y personas gestantes un aborto en condiciones de salubridad a través de sus instituciones de salud y que además provea a sus ciudadanas de la información necesaria para que puedan acceder a estos.

“Un Estado que se preocupe por sus ciudadanas, debe abrazar su bienestar psicológico y emocional como una política pública prioritaria en su gobierno cuando éstas decidan abortar”, indica la iniciativa.

Yucatán tiene una geografía natural y cultural variada, hay comunidades mayas y de otras culturas que se encuentran en regiones de difícil acceso, por lo que las acciones gubernamentales que se realicen con la finalidad de garantizar un aborto legal, seguro y gratuito, deben de mirar esta realidad y coordinarse con dichas comunidades.

En la iniciativa se señala de acuerdo a datos de la secretaría de Salud de Yucatán que del 2000 al 2009 hubo 10 084 abortos; es decir, 1,080 abortos por año. Mientras que el gobierno de la Ciudad de México ha documentado 48 pacientes yucatecas que han hecho uso del servicio de interrupción legal del embarazo de abril del 2007 al 30 de junio de 2021.

Actualmente en el país, con Yucatán, serían 16 estados en los que el aborto está despenalizado, son: Ciudad de México, Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Veracruz, Aguascalientes, Hidalgo, Puebla y Zacatecas.
AM.MX/fm

The post SCJN deroga artículos del Código Penal que criminalizan el aborto en Yucatán appeared first on Almomento | Noticias, información nacional e internacional.

Artículos relacionados

NOTICIAS

Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?