WASHINGTON.— En el cierre de su periodo de sesiones, la Suprema Corte de los Estados Unidos invalidó la orden ejecutiva emitida por el presidente Donald Trump que pretendía suprimir el derecho a la ciudadanía por nacimiento para los hijos de inmigrantes indocumentados o con estatus migratorio temporal.
Los magistrados ratificaron que los menores nacidos en territorio estadounidense se encuentran “sujetos a la jurisdicción” del país y, por consiguiente, mantienen la protección que otorga la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución Política de los Estados Unidos.
⇒ La disposición presidencial formaba parte de los decretos en materia migratoria firmados por el Ejecutivo federal al inicio de su segundo mandato, el 20 de enero de 2025.
Con esta resolución judicial, queda sin efectos una medida que, según estimaciones de organizaciones civiles y del Centro de Investigación Pew, habría afectado de manera directa los derechos de filiación y nacionalidad de entre 255 mil y 300 mil infantes por año, la mayoría de origen mexicano.
— Rapid Response 47 (@RapidResponse47) June 30, 2026
El dictamen judicial, emitido por el juez presidente de la Suprema Corte, John Roberts, desestimó los argumentos de la Casa Blanca, los cuales sostenían que el fenómeno contemporáneo de la inmigración irregular justificaba una reinterpretación de los registros históricos de la enmienda. “Es un mundo nuevo, pero es la misma Constitución”, apuntó.
En tanto, el juez Brett Kavanaugh disintió en parte al no compartir la concepción maximalista de la cláusula de ciudadanía al tiempo que no respaldó el decreto de Trump que eliminaría de facto la ciudadanía por nacimiento. Otros tres jueces disintieron del voto de la mayoría al no reconocer la ciudadanía por nacimiento “totalmente” automática.
El fallo ratifica la vigencia de la interpretación judicial tradicional que ha regido en el sistema legal norteamericano durante más de un siglo, fundamentada en el precedente histórico de 1898 en el caso Estados Unidos contra Wong Kim Ark, el cual determinó que la nacionalidad por nacimiento asiste a la totalidad de los individuos nacidos dentro de los límites fronterizos de la nación, con excepciones específicas como los descendientes de personal diplomático extranjero.
⇒ Esta resolución constituye el desenlace de una serie de litigios promovidos por organizaciones de derechos civiles y administraciones estatales, los cuales fueron resueltos en contra del Gobierno Federal en tribunales de primera instancia.
Decisión de la Corte Suprema sobre la ciudadanía por nacimiento:
“Los niños nacidos en los Estados Unidos de padres que se encuentran en el país de manera indocumentada o con presencia temporal están “sujetos a la jurisdicción” de los Estados Unidos y, por lo tanto, son… pic.twitter.com/LQ0EcGtIKl
— John R. De La Vega, P.A. (@johndelavegalaw) June 30, 2026
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