CIUDAD DE MÉXICO.- Este día se dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la verificación aleatoria y de investigación en materia de evolución y verificación patrimonial de los servidores públicos de la Administración Federal.
Los lineamientos tienen por objeto establecer las directrices para llevar a cabo:
Procedimiento de verificación aleatoria de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses de las personas servidoras públicas
Procedimiento de investigación de evolución y verificación patrimonial de las personas servidoras públicas
¿Cómo funcionará la verificación aleatoria?
De acuerdo con el acuerdo publicado, la selección se realizará a partir del universo total de funcionarios obligados a presentar declaraciones en el sistema DeclaraNet. La información será revisada en el Sistema de Evolución Patrimonial (SIEP), y si no se detectan inconsistencias se registrará el resultado; en caso contrario, se abrirá un proceso de conciliación y, de persistir dudas, una investigación formal.
Investigación de evolución patrimonial
El procedimiento de investigación analizará el patrimonio de la persona servidora pública y de su cónyuge, concubina o concubinario, así como de sus dependientes económicos. Esto incluye bienes inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, créditos, inversiones, seguros, registros fiscales y cualquier otro documento que permita identificar un incremento no explicable con los ingresos declarados.
La investigación podrá iniciarse de oficio, por denuncia, petición de otra autoridad, resultados de auditorías o derivada de la verificación aleatoria.
Etapas del procedimiento
Evolución Patrimonial: análisis de bienes e ingresos durante un periodo determinado
Verificación Patrimonial: en caso de detectar inconsistencias, la persona investigada podrá presentar aclaraciones y documentos probatorios
Conclusión o denuncia: si se justifica el incremento patrimonial, el expediente se archiva; de lo contrario, se ordena calificar la conducta, emitir un Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa (IPRA) e incluso dar vista al Ministerio Público para posibles denuncias penales
Según se establece entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF y abroga el documento previo emitido en junio de 2024. Los procedimientos iniciados antes de esta reforma continuarán bajo las disposiciones vigentes en su momento.
AM.MX/fm
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