CIUDAD DE MÉXICO.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un doble golpe contra la discriminación hacia la diversidad sexual al invalidar disposiciones que impedían a menores de edad modificar su acta de nacimiento por identidad de género en Campeche y que penalizaban “el homosexualismo” como delito de corrupción de menores en Tamaulipas.
⇒ Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte aprobó dos proyectos, de distintos ministros, sobre acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en las que acusó que se discrimina y atenta contra los derechos de la comunidad LGBTTTI.
El primer proyecto, del ministro Giovanni Figueroa Mejía, anuló el artículo 149 Ter, fracción III, del Código Civil de Campeche, el cual exigía la credencial para votar para tramitar una nueva acta de nacimiento por identidad de género autopercibida, al considerarse que se viola tanto el derecho a la no discriminación como el principio de igualdad.
“El Congreso de Campeche no tomó en consideración que la niñez y la adolescencia pasan por distintas etapas en su vida, en las que van desarrollando progresivamente habilidades, emociones que les permiten tomar gradualmente decisiones más y más importantes. A esto lo llamamos la autonomía progresiva de la niñez y de la adolescencia”, expuso el ministro Figueroa.
En el segundo proyecto, del ministro Arístides Guerrero García, el Pleno de la Suprema Corte invalidó la expresión “el homosexualismo” del artículo 192 del Código Penal de Tamaulipas, el cual equiparaba inducir a un menor a la homosexualidad con conductas como la mendicidad, la ebriedad o el consumo de drogas.
Al respecto, la ministra Lenia Batres señaló que México registra altos niveles de crímenes de odio contra personas de la comunidad LGBTTTI y que diversos estados ya derogaron figuras similares, mientras que Tamaulipas mantuvo esta disposición, lo que representa un retroceso.
“Cabe tomar en cuenta que hacia el año 2020, México se colocó en el segundo lugar de América Latina en crímenes de odio de acuerdo con la Universidad Autónoma Metropolitana, con un incremento del 30 por ciento de este tipo de casos. Según el Observatorio Nacional de Crímenes de Odio Contra Personas LGBTTTQ+, entre 2014 y lo que va de 2025, se han registrado al menos 739 casos de asesinatos y desapariciones de personas de la diversidad sexual y de género en México”, dijo Batres Guadarrama.
🏳️🌈 Inconstitucionalidad de delitos basados en prejuicios y estigmas contra la comunidad LGBTTTIQ+
El Pleno de la #SCJN declaró ayer inconstitucionales las normas penales de Tamaulipas que sancionaban como corrupción de menores la supuesta inducción a la homosexualidad. En… pic.twitter.com/2785uNWzjx
— Lenia Batres (@LeniaBatres) December 10, 2025
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