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miércoles, octubre 8, 2025

Expropian más predios para el Tren Maya

CIUDAD DE MÉXICO.— Por causa de utilidad pública, el Gobierno de México decretó la expropiación de 20 predios con una extensión superior a los 115 mil metros cuadrados, ubicados en cinco entidades del sureste del país; esto, para destinarlos a la construcción del Tren Maya.

En un primer decreto, se expropió 55 centiáreas (55 metros cuadrados) del ejido Maxcanú, ubicado en el municipio de Maxcanú, estado de Yucatán, para obras del tramo 3 (Calkiní-Izamal) del Tren Maya. Según el decreto, son tierras de uso parcelado que tienen el nombre de “Unidad Deportiva”.

Como indemnización, el ejido de Maxcanú recibirá 4 mil 152 pesos 70 centavos, monto que determinó el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) en su dictamen del 21 de febrero de 2025, como valor comercial de la tierra. O sea, se tasó a 75.50 pesos el metro cuadrado (m²).

• En otro decreto, el Gobierno federal decretó la expropiación de una fracción de 00‑03‑70 del ejido “Pisté”, en Tinum, Yucatán, para consolidar el tramo 4 del Tren Maya. El terreno afectado tiene uso parcelado y fue valuado oficialmente en 6 mil 164 pesos.

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Además, el Gobierno federal expropió 115 mil 428.18 metros cuadrados (m²), que corresponden a 18 inmuebles de propiedad privada para ejecutar los tramos 1, 4 y 6 del proyecto Tren Maya. Por entidades, las superficies de tierras expropiadas son las siguientes:

• Tabasco: tres predios con 102 mil 540.94 m² en total en los municipios de Emiliano Zapata, Tenosique y Balancán, para el tramo 1 (Palenque-Escárcega).
• Yucatán: dos inmuebles que suman 6 mil 142.91 m² en el municipio de Valladolid, para el tramo 4 (Izamal-Cancún).
• Quintana Roo: un predio de 3 mil m² en el municipio de Bacalar, para el tramo 6 (Tulum-Chetumal).
• Campeche: tres predios por un total de 2 mil 223.67 m² en Escárcega, para el tramo 1.
• Chiapas: nueve inmuebles que suman mil 519.74 m² en el municipio de Palenque, para el tramo 1.

La expropiación incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los inmuebles y que formen parte de ellos, puntualiza el decreto. La la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) ocupará de inmediato estos predios y que la interposición de cualquier medio de defensa no suspenderá esa ocupación.

Los dueños de los predios tienen plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación de este decreto para iniciar el procedimiento judicial contra la expropiación, pero con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización, abunda el decreto presidencial.

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EM/dsc

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