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martes, abril 30, 2024

Juez permite cambio de género de niño trans en Yucatán

MÉRIDA, 23 de octubre (ElMayaMX).— Dos nuevas sentencias, emitidas por los Juzgados Segundo y Primero de Distrito en Mérida, determinaron conceder el amparo a dos personas transgénero a quienes el Registro Civil de Yucatán les negó la posibilidad de adecuar sus actas de nacimiento a su identidad sexo-genérica.

En el primer caso, el Juzgado Segundo de Distrito reconoció el derecho de un niño transgénero de 12 años para hacer efectivo su derecho al libre desarrollo de la personalidad, el cual le había sido negado por el Registro Civil.

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El caso

El menor y su madre habían solicitado la rectificación del acta de nacimiento vía administrativa, con la finalidad de adecuar el nombre y sexo con el que fue registrado a su realidad física, social, así como a su expresión e identidad de género actual. 

Sin embargo, el Registro Civil de la entidad determinó que no era procedente el cambio de sexo en su acta atendiendo a que la Ley del Registro Civil establece que las “modificaciones de actas del estado civil que cambien o alteren la esencia del acto registrado serán competencia exclusiva de la autoridad jurisdiccional”. Es decir, la única vía para acceder a dicho cambio era a través de un juicio.

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Frente a esta determinación, el menor y su madre, acompañados legalmente por asociaciones civiles como la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal, (UNASSE), presentaron un juicio de amparo, mismo que fue radicado ante el Juzgado Segundo de Distrito, el cual determinó conceder el recurso al menor.

Esta resolución resulta de vital trascendencia pues no sólo representa uno de los primeros casos a nivel nacional y Latinoamérica en donde un Juez ordena el cambio del acta de nacimiento de un niño transgénero, sino que permite visibilizar a un grupo especialmente vulnerable e históricamente excluido.

En el segundo caso, el Juzgado Primero de Distrito determinó amparar a un hombre transgénero, a quien el registro también había negado la modificación de su acta de nacimiento para adecuarla a su identidad sexogenérica.

Comunicado conjunto: Dos nuevas sentencias de amparo permiten cambio de identidad de género en Yucatán. Una de ellas…

Posted by Unasse A.C. on Tuesday, October 22, 2019

En ambos casos, las resoluciones establecieron como principales argumentos los siguientes:

  • Que el derecho a la dignidad humana comprende, entre otros, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, definido por la Suprema Corte como la libertad de contraer matrimonio o no hacerlo, de procrear hijos y cuántos, o bien decidir no tenerlos.
  • Escoger la apariencia personal; la profesión o actividad laboral, así como la libre opción sexual, en cuanto que todos estos aspectos son parte de la forma en que una persona desea proyectarse y vivir su vida y que, por tanto, sólo a ella corresponde decidir autónomamente.
  • Que la identidad de género es un elemento constitutivo y constituyente de la identidad de las personas, en consecuencia, su reconocimiento por parte del estado resulta de vital importancia para garantizar el pleno goce de los derechos humanos.
  • Que la falta de reconocimiento de la identidad puede implicar que la persona no cuente con una constancia legal de su existencia, dificultando el pleno ejercicio de derechos.

Los asesores legales señalaron que, frente a las diversas expresiones de odio y discriminación que se han manifestado en últimos meses, por parte de diversos sectores conservadores de la sociedad yucateca, estas sentencias son de gran relevancia. Además de que demuestra nuevamente el atraso legislativo en la materia de reconocimiento de derechos de la comunidad LGBT+.

“Ante la negativa de las autoridades, específicamente las legislativas, para realizar las reformas que reconozcan derechos de las personas LGBT+, estas sentencias son evidencia de que el reconocimiento de los derechos para un grupo históricamente discriminado, es una obligación ineludible que debe estar exenta de cualquier criterio religioso o moral sin sustento”, destacó Unasse A.C.

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