¿Qué es la Ley Olimpia y porque debería importarnos?

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CIUDAD DE MÉXICO.- El pasado abril la Cámara de Diputados aprobó en lo general y a nivel federal la Ley Olimpia, con la que ahora se castigará hasta con seis años de cárcel a quien distribuya contenido digital íntimo o sexual sin consentimiento o autorización de la persona involucrada.

Sin embargo, muchas personas aún no comprenden qué es la Ley Olimpia, por qué su aprobación es importante, ni de donde surgió la lucha por impulsarla; por eso aquí resolveremos todas tus dudas.

¿Cómo surgió la Ley Olimpia? 

Lo fundamental es qué comprendas los orígenes de esta Ley que viene a revolucionar la lucha por los derechos humanos de todas las personas, pero especialmente, de las mujeres.

En el 2013 alguien difundió un video sexual de Olimpia Coral Melo, esta situación le afectó a nivel personal y social, más por el hecho de que ella fue expuesta cuando el Internet apenas comenzaba su revolución y nadie -o casi nadie- era consciente del uso adecuado que debía dársele a las redes sociales.

Tras un tiempo en aislamiento, Olimpia Coral estudió sobre el tema y escribió una iniciativa para visibilizar, prevenir y castigar la violencia en línea, para que nadie más volviera a ser expuesta o amenazada, como ella lo había sido.

 

¿Entonces qué es?

Hasta este abril de 2021 la Ley Olimpia ya es un sinónimo claro de delito de violación a la intimidad sexual. Sí, DELITO. Y como tal, se castiga con cárcel.

De acuerdo con la Ley aprobada por la Cámara de Diputados, la violencia digital comprende cualquier acto que cause daño a la intimidad, privacidad o dignidad de las mujeres -específicamente- y que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.

En la era mediática, en especial entre las generaciones millennial y centennial, la difusión de este contenido es más conocida como “nudes” o “packs” y ahora, “Cyberviolencia“.

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¿Qué castiga la Ley Olimpia?

De acuerdo con el dictamen avalado con 446 votos a favor y uno en contra, la Ley Olimpia aplicará cuando se cometa el delito de violación a la intimidad sexual para quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

Asimismo, para quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

 

¿Cómo se castigará? 

Por todo ello, ahora esta Ley tendrá un castigo penal con una sanción de tres a seis años de cárcel, además de multa de quinientas a mil veces la Unidad de Medida y Actualización (de 44 mil 810 a 89 mil 620 pesos).

El mínimo y el máximo de la sanción se incrementaría hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.

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Pero también…

Será aplicable para los actos de violencia mediática, es decir, “todo acto a través de cualquier medio de comunicación que, de manera directa o indirecta, promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres”.

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Con esta Ley las mujeres podrán castigar a toda persona que las extorsione o presione con difundir contenido sexual o íntimo que en su momento haya sido compartido o revelado, con o sin consentimiento de la víctima.

 

Continúa leyendo:

 

Diputados aprueban la Ley Olimpia a nivel federal

 

EM.MX/vgs

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